Esta ley autorizaba al pueblo de Puerto Rico a regirse mediante una constitución redactada
por sí mismos. Exigía la celebración de un referéndum en el que se aceptaría o rechazaba lo establecido en esta ley.
Una vez aceptada, se comenzaría la redacción de una constitución que se sometería ante el Presidente y el Congreso de los
Estados Unidos; para su aprobación final. Aqui comienza la interrogante, de si el País era un territorio no incorporado. El
País interpretaba la Ley 600, como que reconocía el principio de gobierno por consentimiento y el concepto de convenio; como
reconocimiento implícito de que la Isla disfrutaba de una nueva condición de "territorio asociado". Para los Estados Unidos
era un asunto de decisión futura. La decisión final sobre la ratificación quedaba en manos del Presidente y el Congreso para
que esta constitución pudiera entrar en vigor.
Al quedar intacto el artículo V (de la Ley Jones de 1917), este se convertiría en la
Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico; y dejaría a su vez intacto también, las relaciones económicas de Puerto Rico
con los Estado unidos. Lo que dejaba las prohibiciones que se mantenían bajo la Ley de Cabotaje y las imposiciones de contribuciones
sobre productos exportados desde la Isla hacia los Estados Unidos.
Sólo se le acreditaba a esta ley, el dar la oportunidad a los puertorriqueños de expresarse
sobre su relación con los Estados Unidos y tener en su poder una gran parte de las decisiones sobre la administración del
gobierno local. En el Partido Estadista la mayoría no apoyaba la Ley 600, porque entendían que iba contra la estadidad, al
no ofrecer este status entre las alternativas. El Partido Socialista apoyaba dicha medida, porque entendían que era una oportunidad
que constituía un paso de avance dentro del proceso democrático. Por el contrario, el Partido Independentista se opuso por
entender que iba en contra de las libertades y derechos de los puertorriqueños. Por su parte el Partido Nacionalista, bajo
el liderato de Pedro Albizu Campos, comenzó a oponerse activamente al gobierno norteamericano en Puerto Rico. Y estalla el
levantamiento armado en distintos puntos de la Isla. Comienzan los arrestos y allanamientos contra todo aquel que se sospechaba
que tenía relación con los nacionalistas. El Partido Independentista, ante esta situación, reclama que su lucha por
la independencia de la Isla; era una pacífica. Mientras estadistas y populares condenaban estos actos.
Por varios meses, de arduo trabajo, se resolvieron las controversias surgidas sobre
diferentes asuntos. Una vez redactada la constitución, se sometió a un referéndum, cuyo resultados alcanzó el 80% de los votantes
apróximadamente; siendo así, aceptada con tan significativo porciento. El Presidente Harry S. Truman la aceptó y la envió
al Congreso donde recibió enmiendas respecto a la enseñanza obligatoria, para que no se entendiera que debía darse sólo en
las escuelas públicas. Otras objeciones de los congresistas como condición para su aprobación, era el derecho a enseñanza
gratuíta hasta la escuela secundaria, a obtener un trabajo, a disfrutar de un nivel de vida adecuado, a la protección social
en el empleo, enfermedad, vejez o incapacidad, el derecho a toda mujer en estado de embarazo y el derecho a todo niño a recibir
ayuda y cuidos especiales. Este contenido tomó dos décadas apróximadamente, para comenzar a aprobar leyes en esa dirección.
Algunos congresistas consideraron que resultaba de cierta peligrosidad, este contenido social; arriba indicado; por lo que
pusieron como condición para su aceptación, su eliminación. Lo que así sucedió, y la Convención Constituyente proclama
el establecimiento del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el 25 de julio de 1952.
_______________________________________________________________
Notas: Este contenido tipo social en relación a la niñez fue enmendado
en las elecciones generales del 4 de noviembre de 1952 y el 29 de enero de 1953, el gobernador proclamó el hecho de que la
enmienda había sido aprobada por una mayoría abrumadora de los electores y que la misma empezaba a regir el 29 de enero de
1953.
1- Puerto Rico no es un estado de la Unión y no es un territorio, no incorporado
o incorporado a la Unión en preparación para ser estado (Alcoa Stemship Co. v. Pérez, 295F.Supp. 187 1968.
2. ...es una entidad política creada por ley, con el consentimiento del Pueblo
de Puerto Rico y unida a los Estado Unidos de América, bajo los tèrminos de convenio. (Maria v. Mejías, 206F. 2d 377.
1953
__________________________________________________________________________



Copyright © 2005-2018
Sostenedor del dominio : cecangpr.com
Administrador cecangpr
MMV-P.R.
|